DISCUSIÓN DE SITUACIONES:
DESCRIPCIÓN CASO FEDERICO
Federico es un aprendiz de un programa de formación de
nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses
inicio su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una
empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que
analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita
planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carne
personal que lo acredita como aprendiz SENA
Federico Manifiesta que nunca ha tenido carnet y que en
dos oportunidades se le ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha
explicado que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial.
ANALISIS DEL CASO
De acuerdo con el reglamento de aprendices en lo que
respecta a los derechos, proporcione una respuesta argumentada a los diferentes
cuestionamientos:
1. ¿Qué respuesta le daría
usted a Federico y en que capítulo del Reglamento se Basaría?
En el artículo 3 se considera aprendiz no solo a las
personas matriculadas en los programas de formación presencial si no cualquier
tipo de formación, ya sea Presencial, Virtual o Combinada, los derechos y
deberes son los mismos para todo aprendiz. Y en el artículo séptimo se reglamentan
los derechos de los aprendices donde el numeral 4 garantiza la obtención de un
carné que lo acredite como tal luego de legalizar la matricula. En este caso
Federico lleva 4 meses de formación.
En lo anterior expuesto Federico podrá resolver su caso basándose
en el reglamento del Sena.
2. En relación con la líder de
bienestar, ¿Qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al
aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Explique por qué.
La funcionaria del SENA dio una respuesta equivocada ya
que todo aprendiz del Servicio Nacional de Aprendizaje, este en modalidad
presencial o virtual tiene el derecho según el artículo séptimo del reglamento
del aprendiz
El derecho es la potestad que tiene el aprendiz de gozar
de libertades y oportunidades sin exclusión por razones de género, raza, origen
familiar, discapacidad, nacionalidad, lengua, religión, opinión política o
filosófica. Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y
al desarrollo de su personalidad, garantizando a su vez, su desarrollo armónico
e integral.
La solución que planeo es que rápidamente se le expida el
carné a Federico y la persona pida disculpas por su falta de información.
DESCRIPCIÓN CASO NICOLAS
Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en
Multimedia, desde el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido
muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades de formación que le han
planteado sus tutores en las guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la
retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para conocer como
le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha
retroalimentación, este responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las
actividades”. Nicolás está muy preocupado porque teme encontrar algunas
sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos
meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito
los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la
normatividad del SENA.
ANÁLISIS DEL CASO
De acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una
solicitud oficial para recibir los juicios de evaluación de las evidencias
presentadas:
1. ¿En qué capítulo,
articulo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para
hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?
El artículo séptimo del reglamento del aprendiz titulado
derechos del aprendiz da claridad de cómo hacer esta solicitud. Nicolás se
puede basar en varios ítems entre ellos están:
(8). Ser escuchado y atendido en sus peticiones
respetuosas, por parte de los directivos, Instructores y personal
administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de
formación.
(11). Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en
los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje y a conocer, dentro de los
ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como
las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales como
amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula
(12). Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las
evaluaciones correspondientes, si considera que el resultado no es objetivo,
siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento.
Con lo anterior expuesto Nicolás podrá resolver su
caso basándose en el reglamento del SENA.
No hay comentarios:
Publicar un comentario